¿CÓMO DISTRIBUIMOS LO RECAUDADO?

La SCD administra los derechos de comunicación pública de obras musicales en Chile, asegurando que lo recaudado llegue a sus legítimos titulares: autores, compositores, intérpretes y productores. A continuación, te explicamos cómo se realiza este proceso en cada categoría.

Información sobre nuestra distribución

En Chile, la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual protege el derecho del autor sobre las creaciones artísticas o intelectuales, lo que se traduce en el pago de una remuneración para los creadores de las obras, en aquellos casos en que la música es utilizada públicamente por un tercero.

 

SCD es la única entidad de gestión colectiva de derechos en Chile autorizada para administrar los derechos por comunicación pública. Esto aplica no sólo para obras de autores nacionales.

 

Cuando se adquiere una licencia con SCD, se contribuye directamente al reconocimiento de los derechos de quienes crean la música que utilizas. Nuestro proceso de distribución asegura que lo recaudado llegue de forma justa a autores, compositores, intérpretes y productores, promoviendo la música y su industria.

Radioemisoras

La distribución de los derechos se realiza entre las obras detectadas a través de sistemas automáticos de reconocimiento de obras. Actualmente, 400 radios del país son monitoreadas por el sistema de reconocimiento Vericast de BMAT.

Los derechos se distribuyen canal por canal, y el monto pagado incluye también derechos de usuarios generales con televisores. La distribución se hace en tres etapas:

  • Distribución a los programas según bloque horario.
  • Asignación de derechos a obras ejecutadas en función de los segundos emitidos.

Los derechos de televisión por cable se distribuyen clasificando las señales en 5 grupos:

• Grupo I: Cine y series
• Grupo II: Deportes, noticias y servicios
• Grupo III: Música
• Grupo IV: Televisión abierta y local
• Grupo V: Televisión internacional

Distribución según rating entregado por Kantar Ibope.

La recaudación se distribuye local por local y de manera proporcional a la recaudación de cada película, por cada mes y planilla enviada. Si no se recibe planilla, los derechos quedan pendientes, y si no llegan, se redistribuyen entre obras con información disponible.

La distribución se realiza local por local y mes por mes, con base en las planillas de ejecución musical. Si no hay planillas, los derechos se asignan a radio o televisión.

La gestión y distribución los derechos digitales de autoras y autores desde plataformas de streaming como YouTube, Spotify, iTunes, Tik Tok y muchas otras, se realiza utilizando procesos trimestrales que dependen del registro de las obras para asegurar la correcta distribución de ingresos entre los creadores según sus porcentajes de autoría, e invitando a inscribir las obras en sus servicios web para facilitar este proceso.

Los derechos se distribuyen evento por evento. El monto recaudado, menos los gastos administrativos, se distribuye en partes iguales entre las interpretaciones realizadas.

Los derechos de autor pagados por las discotecas se distribuyen mediante una muestra estadística configurada por más de 20 discotecas de la región Metropolitana y regiones realizadas por la SCD dos veces al año.

Porcentajes de distribución

Radioemisoras, canales de televisión abierta o cable, cine, usuarios generales permanentes (UGP), vivos, streaming.

AUTOR


CONEXOS INTÉRPRETES

Espectáculos o recitales

Derechos se distribuyen evento por evento.

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CONEXOS INTÉRPRETES